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Manual de operaciones de comercio social en España

Edición 2026-08-01Publicado por Northbank Media
Producto y aduanas

Importar para vender: aduana, aranceles e IVA

Qué ocurre cuando la mercancía entra en la Unión, qué tributos y trámites aparecen, cómo afecta al coste unitario y qué debe saber el comprador antes de contratar.

SecciónProducto y aduanas
Lectura11 min
Revisado1 de agosto de 2026
EditorNorthbank Media
Respuesta directa

La entrada de mercancía procedente de fuera de la Unión Aduanera exige un despacho de importación con su declaración, su clasificación arancelaria y su determinación del valor en aduana. De ahí resultan los derechos de arancel aplicables y el IVA a la importación, además de posibles tributos específicos según la categoría. Todos ellos forman parte del coste unitario real y deben imputarse a la referencia, no tratarse como gasto general. Cuando el producto se envía directamente desde fuera de la Unión al comprador final, este puede quedar expuesto a trámites y a pagos, y debe informarse antes de contratar.

La aduana es el punto donde el precio de compra deja de parecerse al coste real. Quien no imputa esos conceptos a la referencia trabaja con un margen que no existe.

Los tres elementos que determinan lo que se paga

El importe que se liquida en una importación depende de tres variables, y las tres son declarativas: las declara el importador y responde de su exactitud.

Variables que determinan la deuda aduanera
VariableQué esRiesgo asociado
Clasificación arancelariaEl código que identifica la mercancía en la nomenclaturaUna clasificación errónea altera el arancel aplicable y puede generar regularización
OrigenEl país donde se considera obtenida o transformada la mercancíaDetermina la aplicación de preferencias y de posibles medidas comerciales
Valor en aduanaLa base sobre la que se calculan los derechosUn valor mal determinado genera diferencias y recargos

Las tres se declaran, y por eso conviene resolverlas con un profesional o con un representante aduanero. La información general está en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea.

Qué se paga y sobre qué base

En una importación de mercancía a España concurren normalmente dos conceptos, además de los específicos que puedan corresponder a la categoría.

Derechos de arancel. Se calculan sobre el valor en aduana según el tipo que corresponda a la clasificación y al origen.

IVA a la importación. Se devenga con la importación y su base imponible se determina conforme a las reglas de la Ley 37/1992, que incorporan al valor en aduana determinados conceptos adicionales. Que ese IVA sea o no deducible depende del régimen del importador y de su actividad.

Obligación

El importador → La Administración aduanera y tributaria

Presentar la declaración de importación con datos exactos sobre clasificación, origen y valor, liquidar los derechos y tributos que resulten exigibles, y conservar la documentación de la operación durante el plazo previsto. La responsabilidad por la exactitud de los datos declarados es del declarante, con independencia de que la declaración la presente un representante.

Instrumento: Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido y normativa aduanera de la Unión. Consulta la Agencia Tributaria o un representante aduanero: este manual no presta asesoramiento fiscal ni aduanero.

Imputar el coste a la referencia

El error de gestión más caro en esta materia no es fiscal, es contable: tratar los costes de importación como gasto general en lugar de imputarlos al coste unitario de cada referencia.

El resultado es un coste unitario subestimado y, por tanto, un margen sobreestimado en todo el catálogo importado. Cuando además hay comisión de afiliación y coste de devolución, el resultado real puede ser negativo sin que nadie lo perciba.

Conceptos que forman el coste unitario de un producto importado
ConceptoSe imputa a la referenciaSuele imputarse
Precio de compra
Transporte internacionalSí, por repartoA veces
Seguro de la mercancíaSí, por repartoRara vez
Derechos de arancelRara vez
Servicios de representación aduaneraSí, por repartoNo
Almacenaje y manipulación en destinoSí, por repartoNo
Reetiquetado y adecuaciónCasi nunca

El último concepto aparece cuando la mercancía llega sin los datos del responsable, sin advertencias o con instrucciones en otro idioma, y hay que adecuarla antes de venderla. Se trata en etiquetado, instrucciones y lengua.

Punto de fallo: El coste de importación tratado como gasto del mes

Produce un catálogo entero con márgenes irreales y decisiones de precio equivocadas en las dos direcciones: se mantienen referencias que pierden dinero y se descartan otras que sí funcionan. La corrección es un reparto por peso, volumen o valor, hecho en cada entrada de mercancía.

Cuando el envío llega desde fuera al comprador

Es una configuración frecuente en comercio social y tiene consecuencias que el comprador no espera. Si la mercancía se expide directamente desde fuera de la Unión al domicilio del comprador, pueden aparecer trámites y pagos en destino que ese comprador no había previsto.

Existen mecanismos previstos para que el vendedor gestione el impuesto en el momento de la venta en determinadas operaciones a distancia de bienes importados, evitando que el comprador tenga que pagar en destino. Su aplicabilidad depende de la operación concreta y debe consultarse con un asesor y en la Agencia Tributaria.

Obligación

El vendedor → El consumidor

Informar antes de la contratación del precio total y de todos los gastos adicionales exigibles. Si la operación puede dar lugar a tributos o trámites en destino a cargo del comprador, esa circunstancia debe comunicarse con claridad antes de que el pedido vincule, porque afecta al coste total que el consumidor va a soportar.

Instrumento: Real Decreto Legislativo 1/2007, información precontractual sobre precio y gastos adicionales

El efecto en el plazo

Un despacho de importación introduce una variabilidad de plazo que no depende del vendedor. Comprometer un plazo de entrega ajustado sobre mercancía que aún no ha despachado es una fuente segura de incumplimiento.

La práctica sensata es no vender contra mercancía en tránsito internacional salvo que el plazo publicado incluya un margen suficiente, y no publicar nunca el mejor caso. El cálculo del plazo está en preparación de pedidos y plazos de entrega comprometidos.

Los documentos que hay que conservar

La conservación no es un trámite burocrático: es lo que permite responder a un requerimiento sin reconstruir una operación de hace dos años.

  • Factura comercial y lista de contenido de cada expedición.
  • Declaración de importación y su liquidación.
  • Documento de transporte y prueba de origen cuando exista.
  • Documentación técnica y declaración de conformidad del producto.
  • Correspondencia con el proveedor sobre especificaciones y conformidad.

Los dos últimos conectan con las obligaciones descritas en quién es el operador económico responsable de un producto. Este manual no presta asesoramiento fiscal ni aduanero.

Preguntas frecuentes

¿Qué determina lo que se paga al importar?

Tres variables declarativas: la clasificación arancelaria, el origen y el valor en aduana. De ellas resultan los derechos aplicables y la base del IVA a la importación.

¿Es deducible el IVA a la importación?

Depende del régimen y de la actividad del importador. Es una cuestión que debe consultarse con un asesor o en la sede de la Agencia Tributaria, y este manual no presta asesoramiento fiscal.

¿Cómo se imputa el coste de importación al producto?

Repartiendo transporte, seguro, derechos, servicios de representación, almacenaje y adecuación entre las referencias de cada entrada, por peso, volumen o valor. Tratarlo como gasto general produce márgenes irreales.

¿Qué pasa si el envío llega directamente desde fuera de la Unión al comprador?

Pueden aparecer trámites y pagos en destino que el comprador no esperaba. Esa circunstancia debe comunicarse antes de que el pedido vincule, porque afecta al coste total que va a soportar.

¿Se puede vender mercancía que aún no ha despachado en aduana?

Es arriesgado. El despacho introduce una variabilidad de plazo ajena al vendedor, y comprometer un plazo ajustado sobre mercancía en tránsito internacional produce incumplimientos.

Fuentes oficiales

Se citan por su carácter público y verificable. Este manual no presta asesoramiento jurídico, fiscal ni aduanero.

Transparencia editorial. Este artículo no contiene ningún enlace comercial. Ninguna empresa con acuerdo con esta publicación aparece en él. Editado por Northbank Media.

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