El reetiquetado es el trabajo invisible de la importación. No aparece en ningún presupuesto y determina si una mercancía se puede vender la semana que llega o dentro de un mes.
Qué debe figurar
El contenido exacto depende de la categoría de producto, y hay familias con normas propias que se tratan en categorías que añaden obligaciones. Con carácter general, y en el marco del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y del Reglamento (UE) 2023/988, hay un núcleo común.
| Elemento | Función | Dónde suele faltar |
|---|---|---|
| Identificación del producto | Permite saber qué es y de qué tipo | Rara vez falta |
| Identificación del responsable | Permite localizar a quien responde | Falta con frecuencia en importación directa |
| Identificación del lote o serie | Permite acotar una incidencia | Falta muy a menudo |
| Instrucciones de uso | Permite usarlo correctamente | Llegan en otro idioma |
| Advertencias de seguridad | Previene riesgos de uso | Llegan en otro idioma o no llegan |
| Composición o materiales | Informa de lo que contiene | Incompleta o genérica |
| Marcado exigible | Acredita conformidad cuando procede | Ausente o incorrecto |
El vendedor y el responsable del producto → El consumidor
Poner a disposición del consumidor la información necesaria para el uso correcto y seguro del producto, incluidas las advertencias, de forma comprensible. El ordenamiento español prevé que los datos obligatorios de etiquetado y presentación de determinados productos figuren al menos en castellano, lengua española oficial del Estado.
Instrumento: Real Decreto Legislativo 1/2007, información y etiquetado de bienes y servicios y Reglamento (UE) 2023/988
La cuestión de la lengua
Es el punto que más discusiones genera y el que más veces se resuelve mal. Una instrucción de seguridad que el consumidor no puede entender no cumple su función, y ese es el criterio de fondo.
La consecuencia operativa es que un manual solo en inglés o en chino no basta para un producto que se vende a consumidores en España, aunque el producto en sí sea perfectamente conforme. Traducir e imprimir es un coste de la operación, no un extra.
Genera dos problemas a la vez: incumple el deber de información y produce devoluciones por producto que el comprador no consigue usar. Ambas cosas se resuelven con una hoja de instrucciones en castellano incorporada en recepción, con un coste unitario mínimo que hay que imputar a la referencia.
El proceso de recepción y adecuación
Entrada física en almacén
Punto de falloSe da entrada al inventario antes de comprobar el etiquetado.
Comprobación de una muestra del lote
ObligaciónComprobar marcado, advertencias e instrucciones exigibles.
Punto de falloNo se muestrea y el defecto de etiquetado se descubre con el primer pedido.
Reetiquetado y hoja de instrucciones
ObligaciónDatos del responsable, advertencias e instrucciones comprensibles.
Punto de falloSe etiqueta pedido a pedido, con coste y error crecientes.
Vínculo entre unidades y lote
ObligaciónTrazabilidad que permita acotar una incidencia.
Punto de falloNo se registra el lote y una incidencia obliga a revisar todo el stock.
Puesta a disposición para la venta
Punto de falloSe libera parcialmente y conviven unidades adecuadas y sin adecuar.
Documentación conservada
ObligaciónConservación de la documentación de conformidad.
Punto de falloLa documentación queda en un correo y no se localiza cuando se pide.
Cómo leer este rail. El paso tres cuesta mucho menos hecho en bloque al recibir que unidad a unidad al preparar pedidos.
El coste del reetiquetado
Es un coste real por unidad: material, tiempo de manipulación y espacio mientras se hace. Debe imputarse a la referencia, igual que el resto de los costes de importación descritos en importar para vender.
Cuando ese coste unitario resulta desproporcionado respecto del margen, la conclusión no es hacerlo mal: es negociar con el proveedor que el envase salga ya adecuado, o cambiar de proveedor. Un fabricante que no acepta poner los datos del responsable en el envase está trasladando un coste recurrente al importador.
Coherencia con la ficha
La información del producto y la de la ficha deben decir lo mismo. Una composición en la ficha distinta de la del envase, o unas medidas que no coinciden, generan devoluciones y, en algunas categorías, exposición adicional.
La comprobación es sencilla y casi nunca se hace: coger una unidad del lote recibido y contrastarla campo por campo con la ficha publicada. La lista de campos de ficha está en información precontractual en una ficha de producto.
Obligaciones ambientales asociadas
Determinadas categorías arrastran obligaciones de información y de gestión de residuos que también afectan al etiquetado y a la documentación. En aparatos eléctricos y electrónicos, el régimen está en el Real Decreto 110/2015, e incluye deberes de información y de participación en la gestión de los residuos generados.
Para un vendedor que importa, estas obligaciones no son opcionales y conviene identificarlas al elegir la categoría, no al recibir un requerimiento. Este manual no presta asesoramiento jurídico ni técnico y remite al texto vigente de las normas citadas.